Cincuenta y cinco familiares obtuvieron una suspensión que ordenó a la FGR recibir sus denuncias. La respuesta fue instalar un módulo junto al plantón que las buscadoras consideran insuficiente.
Primero llegaron a la Fiscalía. Después instalaron casas de campaña. Finalmente tuvieron que acudir ante un juez para conseguir una orden que obligara a recibir sus denuncias.
Cincuenta y cinco madres y familiares de personas desaparecidas obtuvieron una suspensión provisional contra la Fiscalía General de la República después de mantener un plantón frente a sus oficinas.
El campamento comenzó el 9 de septiembre en la calle Río Pánuco, Ciudad de México, y reunió a buscadoras procedentes de diferentes entidades que reclamaban intervención federal en sus casos.
Las familias sostienen que enfrentaron la negativa de la institución para recibir formalmente denuncias relacionadas con desapariciones y posibles delitos que consideran de competencia federal.
El 21 de septiembre, Abogados Convencionalistas de México promovió en su representación el juicio de amparo 1048/2026 ante el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal.
Dos días después llegó la suspensión provisional.
El juez Adolfo Christian Castro Solís ordenó a la Fiscalía Especial en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada recibir inmediatamente las denuncias de las promoventes.
También concedió 48 horas a la FGR para informar al juzgado sobre las acciones adoptadas para cumplir la medida.
La orden judicial no resolvió las desapariciones ni obligó a la Fiscalía a aceptar como verdaderas las acusaciones formuladas por las familias.
Hizo algo mucho más elemental: ordenó recibirlas.
Después de la resolución apareció frente al campamento un módulo itinerante de atención de la FGR con personal, formatos, mesas y sillas para atender a las manifestantes.
Las buscadoras cuestionaron el mecanismo.
Margarita López, una de las participantes del movimiento, sostuvo que el módulo carecía de fiscales, computadoras y condiciones apropiadas para levantar formalmente las denuncias.
La Fiscalía había informado desde los primeros días del plantón que realizó tomas de muestras genéticas y estableció un plan de trabajo para atender casos procedentes de Michoacán, Veracruz y Colima.
Las familias, sin embargo, mantuvieron el campamento y ampliaron sus exigencias. Además de recibir las denuncias, reclaman seguimiento efectivo de investigaciones que consideran detenidas o deficientemente atendidas en sus estados.
El episodio todavía tiene camino judicial.
La suspensión obtenida es una medida cautelar y no significa que las familias hayan ganado definitivamente el juicio de amparo.
La audiencia constitucional está programada para el 16 de octubre. Ahí deberá analizarse el fondo de la demanda y determinarse si existió la vulneración reclamada por las promoventes.
Tampoco todas las personas instaladas frente a la Fiscalía forman parte necesariamente del amparo. El campamento ha reunido a más de un centenar de familiares, mientras la resolución judicial beneficia directamente a 55 promoventes.
La diferencia importa.
Como también importa la secuencia.
Llegaron a una institución encargada de investigar delitos para presentar denuncias. Acamparon frente a ella. Promovieron un juicio.
Y un juez tuvo que ordenar que les abrieran la puerta.
