Diputados y senadores aprobaron exigir nacionalidad mexicana única para aspirar a la Presidencia, gubernaturas y Gobierno capitalino. La reforma todavía debe recorrer los congresos estatales.
La reforma sobre doble nacionalidad ya consiguió los votos de diputados y senadores. Para convertirse en Constitución todavía necesita otra mayoría repartida por el país.
El Senado aprobó el martes la modificación constitucional por 86 votos contra 42, sin abstenciones, después de que la Cámara de Diputados la avalara una semana antes.
La votación senatorial alcanzó exactamente los dos tercios necesarios con los 128 integrantes presentes. Morena, Verde y PT aportaron la mayoría; PAN, PRI y MC rechazaron la reforma.
El proyecto modifica los artículos 82, 116 y 122 para establecer nacionalidad mexicana única como requisito para encabezar los poderes ejecutivos federal y locales.
La restricción comprende la Presidencia de la República, las 31 gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. No alcanza automáticamente otros cargos electivos.
Tampoco significa que México vaya a prohibir la doble nacionalidad.
Una persona podrá conservar dos nacionalidades. La nueva condición aparece cuando pretenda registrarse como candidata a alguno de esos tres tipos de cargos ejecutivos.
Si posee otra nacionalidad, deberá renunciar a ella antes de solicitar su registro y acreditar que terminó efectivamente el vínculo jurídico correspondiente con el otro Estado.
Durante el ejercicio del cargo tampoco podrá adquirir otra nacionalidad, utilizar pasaporte extranjero, ejercer derechos políticos derivados de otra ciudadanía o acogerse a protección diplomática extranjera.
Pero la reforma todavía no forma parte de la Constitución.
El artículo 135 establece que una modificación constitucional requiere dos terceras partes de los legisladores presentes en ambas cámaras y después la aprobación de la mayoría de las legislaturas locales.
Son 32: los congresos de los 31 estados y el de la Ciudad de México. Por eso la minuta necesita alcanzar cuando menos 17 votos aprobatorios locales.
Cuando reúna esa mayoría, el Congreso de la Unión deberá realizar el cómputo y emitir la declaratoria constitucional antes de enviar el decreto para su promulgación y publicación.
En San Lázaro, la reforma había conseguido 344 votos contra 116 y una abstención en lo general. Después de discutir las reservas quedó aprobada en lo particular por 334 contra 109 y una abstención.
El Senado no modificó el texto, por lo que no fue necesario devolverlo a los diputados y pudo enviarse directamente a las legislaturas de las entidades.
La reforma tampoco alterará las elecciones de 2027.
El régimen transitorio establece que las nuevas condiciones serán aplicables a partir del proceso electoral de 2028 y excluye a quienes ya ejerzan actualmente esos cargos.
Eso coloca el primer efecto presidencial en 2030, pero podría alcanzar antes alguna elección extraordinaria o proceso local celebrado desde 2028 bajo los supuestos previstos constitucionalmente.
El Congreso tendrá además 90 días naturales después de la entrada en vigor para adecuar la Ley de Nacionalidad y la legislación electoral a las nuevas disposiciones.
La reforma ya cruzó San Lázaro y el Senado.
Ahora comienza una votación menos visible pero igualmente indispensable: conseguir que al menos 17 congresos locales también levanten la mano.
