Reyes Rodríguez Mondragón
Reyes Rodríguez plantea revocar la orden que retiró publicaciones del PRI y Alejandro Moreno. Su proyecto sostiene que una expresión durísima no necesariamente constituye calumnia electoral.
“Narcopartido” es una palabra suficientemente fuerte para provocar una denuncia, una orden del INE para retirar publicaciones y ahora una discusión sobre los límites constitucionales del insulto político.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propone que utilizar esa expresión contra Morena no sea considerado automáticamente como imputarle un delito, sino como una valoración política protegida por la libertad de expresión.
Su proyecto llegará a la Sala Superior del Tribunal Electoral después de una controversia originada por publicaciones del PRI, su dirigente Alejandro Moreno y otros integrantes de ese partido.
Morena denunció diversos contenidos donde aparecían expresiones como “narcopartido”, “narcogobierno” y “narcopolíticos”, al considerar que vinculaban falsamente al partido con narcotráfico y delincuencia organizada.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE concedió medidas cautelares el 21 de septiembre y ordenó eliminar o modificar 15 publicaciones y un reposteo atribuidos a Moreno.
Las medidas alcanzaron también contenidos del PRI y de algunos de sus legisladores. La autoridad consideró preliminarmente que podían contener elementos suficientes para justificar su retiro mientras continuaba el procedimiento.
Ahora Rodríguez propone revocar parcialmente aquella decisión.
El centro de su razonamiento cabe dentro de una pregunta bastante peculiar: ¿decir “narcopartido” equivale jurídicamente a acusar a alguien de cometer un delito?
Para el magistrado, no necesariamente.
Su proyecto reconoce que la palabra tiene una enorme carga crítica y puede sugerir vínculos entre Morena y la delincuencia organizada. Pero sostiene que eso todavía no identifica un hecho específico verificable.
“Narcopartido”, argumenta, no establece por sí mismo quién habría cometido determinada conducta, cuándo ocurrió, cómo se materializó ni cuál sería exactamente el delito que se está atribuyendo.
La palabra puede sugerir financiamiento ilegal, infiltración criminal, protección política, tolerancia gubernamental o captura institucional. Precisamente esa amplitud impediría considerarla automáticamente una imputación concreta.
Eso importa porque la calumnia electoral no consiste simplemente en decir algo ofensivo sobre un adversario. Requiere elementos jurídicos adicionales, incluida la imputación de hechos o delitos falsos.
El proyecto coloca además a los partidos políticos dentro de un espacio donde la tolerancia frente a la crítica debe ser particularmente amplia, incluso cuando las expresiones resulten severas, provocadoras o molestas.
Rodríguez también cuestiona otro elemento de la decisión del INE.
Para conceder una medida cautelar debe existir peligro en la demora: alguna razón concreta para concluir que mantener temporalmente determinado contenido puede provocar una afectación mientras se resuelve el asunto.
El proyecto considera insuficiente la explicación utilizada por la Comisión para acreditar ese riesgo y califica parte de su razonamiento como dogmático y superficial.
Alejandro Moreno tampoco obtiene todo lo que argumentó.
El dirigente priista sostuvo que sus publicaciones estaban protegidas por la inviolabilidad parlamentaria debido a su condición de senador. Rodríguez propone rechazar esa interpretación.
La protección constitucional corresponde al ejercicio de funciones parlamentarias, no funciona como una inmunidad personal que acompañe permanentemente al legislador en cualquier publicación realizada desde sus redes sociales.
Hay otra precisión todavía más importante.
El proyecto no resolverá definitivamente si todas las expresiones denunciadas son legales ni cerrará el procedimiento iniciado por Morena. La discusión inmediata corresponde únicamente a las medidas cautelares.
Es decir, la Sala Superior decidirá si esos contenidos deben permanecer retirados mientras continúa el litigio, no necesariamente cuál será la resolución definitiva sobre todas las infracciones denunciadas.
Tampoco existe todavía una sentencia.
Lo que conocemos es la propuesta elaborada por Reyes Rodríguez. Para producir efectos necesitará ser discutida y obtener los votos correspondientes dentro de la Sala Superior.
El debate, sin embargo, ya plantea una frontera bastante interesante para la política mexicana.
Una palabra puede ser brutal, ofensiva y diseñada específicamente para lastimar al adversario.
La pregunta para los magistrados será si además de todo eso constituye jurídicamente una acusación.
