La iniciativa plantea que quienes tengan doble nacionalidad deberán renunciar a la extranjera antes de registrarse como candidatos a la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
La presidenta Claudia Sheinbaum propuso reformar la Constitución para exigir nacionalidad mexicana exclusiva a quienes aspiren a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y obligar a quienes posean otra nacionalidad a renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidatos.
La iniciativa plantea modificar los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución y establecer también que quienes ocupen esos cargos no podrán adquirir o solicitar otra nacionalidad durante el ejercicio de sus funciones.
La propuesta fue presentada el jueves 27 de agosto por la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde, durante la conferencia matutina de Sheinbaum.
La reforma busca modificar el tratamiento constitucional de la doble nacionalidad para quienes encabecen los poderes ejecutivos del país.
Actualmente, el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución establece que los cargos y funciones para los cuales se requiera ser mexicano por nacimiento están reservados a quienes tengan esa calidad y “no adquieran otra nacionalidad”.
La iniciativa propone que, para el caso específico de la Presidencia, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno capitalina, el requisito sea no tener ni adquirir otra nacionalidad.
Qué propone la reforma sobre doble nacionalidad
Para la Presidencia de la República, la modificación al artículo 82 establecería que el aspirante deberá ser mexicano por nacimiento, estar en pleno goce de sus derechos, ser hijo de padre o madre mexicanos y “no tener ni adquirir otra nacionalidad”.
Quien posea otra nacionalidad tendría que renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidato.
La misma condición sería incorporada al artículo 116 para quienes aspiren a gobernar alguno de los estados y al artículo 122 para la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
La iniciativa establece además restricciones para quienes ya se encuentren ejerciendo esos cargos.
No podrían adquirir ni solicitar otra nacionalidad, invocar ante autoridades extranjeras una distinta de la mexicana, utilizar un pasaporte o documento de identidad expedido por otro país, ejercer derechos políticos derivados de otra ciudadanía ni acogerse a la protección diplomática de otro Estado.
El incumplimiento sería sancionado conforme al Título Cuarto de la Constitución, relativo a las responsabilidades de los servidores públicos.
Por qué Sheinbaum propone cambiar la Constitución
Al presentar la iniciativa, Alcalde explicó que la actual redacción constitucional ha generado problemas de interpretación sobre los mexicanos que poseen otra nacionalidad desde su nacimiento.
Sheinbaum sostuvo que quienes encabecen los poderes ejecutivos deben mantener exclusivamente una vinculación jurídica con México.
“Que el interés superior sea México, ningún otro país”, afirmó la Presidenta.
La propuesta se inserta además en una discusión sobre la diferencia entre los mexicanos que adquieren voluntariamente otra nacionalidad y aquellos que la poseen automáticamente desde el nacimiento.
Esa distinción ya ha sido analizada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En 2024, al resolver una impugnación contra la candidatura al Senado del exgobernador de Chihuahua Javier Corral, nacido en El Paso, Texas, la Sala Superior determinó que la restricción del artículo 32 no podía aplicarse de la misma manera a una persona que posee dos nacionalidades desde el nacimiento que a quien posteriormente decide adquirir una segunda.
La iniciativa presidencial pretende establecer una regla expresa para los titulares de los poderes ejecutivos: independientemente de cómo se haya obtenido la segunda nacionalidad, deberá renunciarse a ella antes del registro de la candidatura.
Qué necesita la reforma para ser aprobada
Por tratarse de una reforma constitucional, la iniciativa necesita el voto favorable de las dos terceras partes de los legisladores presentes tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.
Posteriormente deberá recibir la aprobación de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.
Sólo después de completar ese procedimiento podrá ser promulgada y publicada en el Diario Oficial de la Federación.
La propuesta deberá pasar ahora por el proceso legislativo, donde podrán modificarse sus términos antes de una eventual aprobación.
